Verificación tributaria — 28 de agosto de 2026: la obligación debe analizarse con el Estatuto Tributario, el Concepto Unificado DIAN 0106 de 2022, la Resolución DIAN 000165 de 2023 y el Concepto DIAN 012008 de 2026. En paralelo, la relación sectorial entre FEV y RIPS se rige por la normativa de MinSalud. El caso concreto puede depender del sujeto, la operación y las excepciones aplicables.
La obligación de facturar no se determina únicamente por la profesión. La DIAN explica que el deber depende de las operaciones realizadas, la calidad del sujeto y las excepciones previstas en la ley y el reglamento. Por eso, un consultorio debe verificar su situación tributaria en lugar de asumir que todo médico está obligado o que todo médico está exento.
Factura electrónica y FEV en salud
La factura electrónica de venta es un documento tributario que debe generarse, transmitirse, validarse y entregarse conforme al sistema de facturación electrónica. El CUFE identifica la factura electrónica de venta; no debe confundirse con el CUV, que pertenece a la validación sectorial del RIPS/FEV en salud.
La Resolución DIAN 000165 de 2023 contiene reglas del sistema de facturación y su anexo técnico. La Resolución 948 de 2026 de MinSalud regula por separado el RIPS como soporte sectorial de la FEV en salud. Una no reemplaza a la otra.
Copagos y pagos compartidos
El Concepto DIAN 012008 de 2026 precisa el tratamiento tributario de copagos, cuotas moderadoras y otros valores asumidos por usuarios cuando otra entidad paga una parte. El concepto señala que el copago no se convierte automáticamente en anticipo por el solo hecho de estar asociado a una prestación y que la documentación debe corresponder a la operación, el sujeto obligado y el adquirente respectivo.
No conviene convertir el ejemplo del concepto en una regla universal para todos los contratos. En situaciones concretas deben revisarse la operación económica, los acuerdos sectoriales y los soportes exigibles.
Integración con historia clínica y RIPS
Un sistema integrado puede reducir la digitación duplicada y ayudar a mantener consistencia entre la historia clínica, la información sectorial y la factura. Eso es una recomendación operativa, no una garantía de validación tributaria ni de aceptación por parte de un pagador.
Antes de contratar, pregunta:
- Qué parte de la factura transmite el proveedor y bajo qué habilitación.
- Cómo se relacionan la FEV, el RIPS y sus identificadores.
- Cómo se corrigen rechazos y se conserva la trazabilidad.
- Qué responsabilidades siguen a cargo del prestador.
- Qué funciones y planes están disponibles actualmente.
Fuentes oficiales
- Concepto DIAN 012008 de 2026
- Concepto Unificado DIAN 0106 de 2022
- Resolución DIAN 000165 de 2023
- Factura electrónica en el sector salud — DIAN
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